Ayer se difundió por varios medios de comunicación que el juez federal de Bariloche, Leónidas Moldes, procesó a 8 prefectos del grupo Albatros por el fusilamiento de Rafael Nahuel, joven mapuche fusilado por ese grupo táctico en noviembre de 2017, a solo un mes de haberse hallado el cuerpo de Santiago Maldonado, con un repliegue represivo en la región desmedido.
Los 8 prefectos fueron procesados por “homicidio agravado, cometido con exceso en la legítima defensa”, pero no quedaron en prisión preventiva, sin embargo los 2 integrantes de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, procesados por “usurpación” y “atentado contra la autoridad agravado por haberse cometido a mano armada” quedaron privados de su libertad con prisión preventiva.
La justicia dejó en claro que por fusilar a un joven mapuche de 22 años, a Rafita como lo conocían sus amigxs y familiares no merece la prisión preventiva, pero por el reclamo legítimo sobre las tierras ancestrales, que incluso está protegido por legislaciones nacionales y internacionales, si pesa la prisión preventiva, en un claro acto discriminatorio.
El 25 noviembre de 2017 Rafita fue muerto por una bala 9 mm del subfusil MP5 que pertenecía al Cabo Primero Francisco Javier Pintos quien está libre por estas horas.
“Rafita NO tenía 27 años, tenía 22 recién cumplidos, nació el 15/8/96. Es más fácil construir la imagen de “enfrentamiento” con un adulto de casi 30 armado, que con un pibe de 22 que tira piedras. Tampoco era un “delincuente”, o un “mapuche violento”, o “un indio que se la merecía”, aclaraban familiares, amigxs y compañerxs de Rafael Nahuel aquel 25 de noviembre.