CAMBIEMOS en camino a legalizar el gatillo fácil

El 1 de febrero Macri recibió, en Casa Rosada, a Chocobar, quien el pasado 8 de diciembre fusiló a Pablo Kokac de 18 años en barrio La Boca. Luego de esto la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, salió a avalar el respaldo del presidente al oficial: “Vamos a cuidar a los que nos cuidan«, dijo en conferencia de prensa. Horas más tarde se hizo público un video donde se ve cómo Chocobar fusila en el piso a Pablo. Lejos de volver atrás con el apoyo al oficial, el Estado argentino aseguró, de la mano del Jefe de Gabinete Marcos Peña, que “desde el principio se contó con el video, el respaldo a Chocobar se hizo conscientemente y, con toda la información necesaria, consideramos que fue correcto” y agregó al respecto que «fue un mensaje de apoyo a un policía que cumpliendo sus funciones tuvo esta situación. No creemos en el gatillo fácil. No creemos en que las señales de respaldo a las fuerzas policiales equivalgan de ninguna manera a promover que no se cumpla con la ley y la normativa».

Pero las declaraciones no quedaron allí, y el día martes en una extensa entrevista radial, la ministra de seguridad emitió otras preocupantes declaraciones entre las cuales se pueden destacar: “Nosotros estamos cambiando esta doctrina, la  doctrina de la culpa hacia el policía; el policía siempre era culpable, y estamos construyendo la doctrina de que el Estado es el que de alguna manera realiza las acciones para impedir el delito”, así Bullrich blanqueó una bandera de reclamo histórica de muchos organismos de derechos humanos: la represión como política de estado. También agregó: “Estamos cambiando esta doctrina, hay jueces que no lo entienden, lo vamos a cambiar en el Código Penal, vamos a sacar la figura de legítima defensa para las fuerzas policiales porque consideramos que solo cabe en ínfimos momentos”, explicó Bullich, dejando así sentada la posición del gobierno al respecto de los nuevos protocolos o accionar policial.

Es correcto pensar que la “legitima defensa corre en ínfimos momentos”, ya que el 44% de los asesinatos por parte de las fuerzas del estado, corresponden a casos de gatillo fácil (según Archivo de casos de Correpi, año 2017), figura que el gobierno se empeña en negar, pero que cada vez se acerca más a la idea de fusilamiento (de este 44% la mayoría de los casos no solo estan desarmados, sino que reciben disparos por la espalda a la altura de cabeza, cuello o tórax a muy corta distancia). Si a esto le sumamos que otro 40% de los casos de muertes son en condiciones de encierro, principalmente en comisarías, bajo la responsabilidad también de funcionarios policiales, quitar del código penal la figura de legítima defensa para la policía, y cambiarla a “cumplimiento del deber” per se, es dar licencia absoluta para matar, en una gestión de cambiemos donde la tasa de asesinatos por día a manos de la policía a aumentado un 37%.(*)

¿Para que vamos a hablar de derechos humanos universales?

La figura de “legítima defensa” está encuadrada en casos en los que un acto antijurídico, como matar a una persona, están eximidos de punibilidad debido a ciertos factores que lo amparen en esta figura. En este sentido, el Código Penal en el artículo 34 exime de responsabilidad penal a aquel que actúe en defensa propia o de sus derechos siempre que se reúnan tres circunstancias: agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y falta de provocación suficiente por parte del que se defiende. Sobre la necesidad racional del medio empleado, la doctrina penal coincide en que no se refiere al instrumento empleado para defenderse sino a la conducta con que se lleva a cabo la defensa. Es decir, la proporcionalidad no está dada por el medio que se utiliza para defenderse sino en que la actuación de quien se defiende sea suficiente para evitar o repeler la agresión ilegítima de la que es víctima; si va más allá de eso, actúa en exceso.

Es ésta, en parte, la razón por la que el oficial Chocobar fue acusado, ya que el video claramente muestra ese exceso no solo cuando le dispara por la espalda, sino en el disparo de remate, cuando Pablo estaba ya caído en el suelo. Pero es importante mencionar aparte del parámetro de la proporcionalidad del acto, por ejemplo la diferencia entre un arma reglamentaria policial, y un cuchillo, el arma de Kukoc, en este caso se ajusta aún más en términos de responsabilidad porque un policía está en ejercicio de sus funciones, preparado psicológica, técnica y físicamente para repeler una situación, discernir sobre el cuidado de la vida, y, en todo caso, aprehender a la persona que se dio a la fuga. Pero matarla es otro cantar, y rematarla queda fuera de cualquier aspecto en el plano de los derechos básicos de las personas.

El accionar judicial contra Chocobar se ve respaldado por todas las convenciones doctrinales al respecto, tanto a nivel nacional como internacional en los diferentes convenios a los que Argentina adhiere hace años respecto  al cuidado sobre la vida humana. También por los estándares que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifiesta, que remarcan que la “lucha de los Estados contra el crimen debe desarrollarse dentro de los límites y conforme a los procedimientos que permitan preservar tanto la seguridad pública como el pleno respeto a los derechos humanos de quienes se hallen sometidos a su jurisdicción”.  Además se sustenta en el pronunciamiento del Comité de Derechos Humanos respecto del Derecho a la Vida, el cual señala que “La privación de la vida por las autoridades del Estado es una cuestión de suma gravedad. Por consiguiente, la ley debe controlar y limitar estrictamente las circunstancias en que dichas autoridades pueden privar de la vida a una persona”.

Denunciar como deporte

Sin embargo, a pesar de todos los marcos jurídicos al respecto en diferentes instancias que respaldan la decisión del juez de menores Velazquez, contra Chocobar, el día lunes el abogado Alejandro Suárez Lynch, denunció al juez por “mal desempeño, inhabilidad ética moral y prevaricato (cuando un juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley.​ Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público)ante el Consejo de la Magistratura. En el cuerpo de la denuncia se lee el pedido de remoción del juez, no como un pedido de “revolución, sino un renacimiento, cual moderno Ave Fenix, y reinstale las virtudes queridas por la comunidad en el Poder Judicial debiendo imponerse en favor de ello el apartamiento de aquellos magistrados, que se desentienden de las necesidades de la sociedad”. La medida que el juez determinó, es usual dentro del campo judicial, en las causas contra policías que llegan a la justicia por este tipo de hechos, así lo aseguraba en juez federal Dr. Miguel Hugo Vaca Narvaja consultado al respecto en una entrevista radial en Radio Universidad el día miércoles por la mañana.

Esta tendencia a denunciar cualquier práctica jurídica contraria a los intereses del gobierno de Cambiemos se repite en varios casos, así sucedió el día 7 de febrero, donde luego de que el ministerio de seguridad acusara de falso testimonio a 8 testigos de la comunidad Mapuche, por el caso de Santiago Maldonado, y amenazara de hacer lo mismo con organismos de DDHH, la Gendarmería Nacional radicó una denuncia penal en el Juzgado Federal de Esquel donde pide que se investigue por asociación ilícita «a los artífices intelectuales y materiales de instalar, no solo en el marco de las causas judiciales, sino también en la comunidad, los medios masivos de comunicación y organismos internacionales, la falsa hipótesis» de que Santiago Maldonado había sido «detenido y desaparecido por personal» de esa fuerza, con fundamento en el art. 210 del Código Penal (CP), que reprime con prisión o reclusión de tres a diez años, al que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos, y amparada además en la figura criminal de los partícipes necesarios (art. 45 del CP), la denuncia apunta a que la Justicia investigue «cómo y quiénes orquestaron la maliciosa imputación a la fuerza por la desaparición» de Santiago. Siguiendo la misma lógica podrían ser acusados los medios de comunicación, políticos, etc., que expresaron, en el uso de la libertad de expresión, la misma hipótesis en relación a la desaparición, seguida de muerte, de Santiago,a manos de la gendarmería, en un operativo, donde esa fuerza estatal reprimió, una idea causa y efecto bastante simple, a sabiendas que solo actuó gendarmería en el hecho.

La vuelta de la tortilla

La ministra Patricia Bullrich, funcionarios de cambiemos, y el propio presidente Mauricio Macri, muchas veces ha acusado de incitar a la violencia a personas por posteos en redes sociales, a medios de comunicación por sus artículos y a diputados y senadores por sus declaraciones en por ejemplo, las sesiones en torno a la reforma previsional. Dar vía libre a la policía para que dispare a matar en cualquier caso de índole delictiva o, como incluso mencionó en las declaraciones realizadas, de presuntuoso, posible o hipotético futuro hecho delictivo, es una incitación directa a la violencia social. Por tal el abogado Tomás Ángel Pérez Bodria, conjuez en el Departamento Judicial de San Isidro y Presidente de la Asociación de Abogados Penalistas de San Isidro, realizó una denuncia penal contra el Presidente y la ministra de Seguridad por sus dichos y acciones, cuando el 1 de febrero reciben al oficial Chocobar “asegurando una amplia cobertura
de prensa, expresan públicamente su apoyo al agente y reivindican
igualmente el acto que llevó adelante, por el que fue procesado, y lanzan
una manifiesta crítica al juez que lo procesó. Además, ambos expresan
que han de apoyarlo para que su situación procesal se revierta” puede leerse en algunas partes de la presentación judicial, por lo cual la acusación apunta a “Apología del delito: «Estoy orgulloso de que haya un policía como vos al servicio de los ciudadanos. Hiciste lo que hay que hacer, que es defendernos de un delincuente». Tal fue la frase con la que el presidente Mauricio Macri recibió al agente policial el día 1 de febrero frente a una amplia cobertura de prensa (LA NACIÓN del 1/2/2018). Pero la enfática frase de bienvenida no le pareció suficiente y, entonces, lanzó otra que deja expuesto nítidamente el componente subjetivo que requiere el tipo penal en cuestión: «Quedate tranquilo porque hiciste lo que hay que hacer y te vamos a ayudar a resolver tu situación», y a “Encubrimiento por favorecimiento personal: Las conductas precedentemente descriptas concurren idealmente -art. 54 del código penal- con la descripta por el art. 277 inciso 1° apartado a) e inciso 3°, apartados a) y d) del código penal. Cuando el presidente Mauricio Macri pronunció la ya mentada frase «Quedate tranquilo porque hiciste lo que hay que hacer y te vamos a ayudar a resolver tu situación», da cuenta de la perpetración del núcleo del tipo en cuestión. Desde las alturas que supone su investidura, van de suyo las múltiples alternativas de ayuda que habrá de recibir el incriminado. Comenzando por la presión que nadie en su sano juicio puede ignorar que está en condiciones de ejercer sobre los miembros del poder judicial que intervienen en el caso, en las distintas instancias. No sólo directa, sino también indirecta, a través de la que ha de ejercer una opinión pública obnubilada ante el tenor del encuadre presidencial. Una ayuda que, sin lugar a dudas, cuenta con la aptitud suficiente para posibilitar a Chocobar eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta.

La democracia ha muerto

Por si a lxs argentinxs les quedaba alguna duda de la lógica política del gobierno de Cambiemos, Bullrich lo aclaró, aún más, en la entrevista radial que dió tanto de que hablar. Frente a las declaraciones que había emitido el periodista Ernesto Tenembaum, le recuerda a la ministra frente a su reclamo de “porqué todos tienen que hablar tanto de todos los temas” que en la Argentina estamos bajo un sistema democrático, donde la pluralidad de voces y expresión es un requisito inalienable, sin embargo muy rápidamente y sin tapujos la respuesta deja tieso a más de uno: “sí, estamos en democracia, se puede hablar de lo que quiera, TOTAL después lo anulamos”. Pasar por encima de las convenciones internacionales de derechos humanos, por la libertad de expresión, por encima de la división de poderes, propia de nuestro sistema estatal, no alcanza, también se burlan abiertamente del sistema democrático que, si bien tambaleante en cuanto a prácticas, existe desde 1983 en nuestro país, es la forma de gobierno que el Estado nacional debería defender y cuidar. Pero en la tierra de Cambiemos, no entran pobres, ni excluidxs, ni trabajadorxs, ni legislaciones, ni los años de historia universal, de lucha y discusiones, y guerras y muerte, solo la perversa idea de que todo lo que se opone en cualquier forma y desde cualquier óptica, es por consiguiente un enemigo (interno) a destruir.

(*) Análisis sobre legitima defensa tomado de La nueva “doctrina” sin tapujos de Cambiemos: licencia para matar

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