Una lavada de cara al código

10252040_902883129731373_1779001977318570083_nPor: Frente Organizado Contra el Código de Faltas /

Desde hace algunos meses, el oficialismo volvió a plantear un acuerdo por la modificación del Código de Faltas de la provincia, que finalmente se comenzará a debatir hoy (martes 24/11) en la Unicameral. El delasotismo posee la mayoría automática y, aunque hayan asegurado que se buscará el consenso, el hecho de que vaya a discutirse sobre tablas durante la última sesión de este año, el 2 de diciembre, deja clara la intención de aprobarlo rápidamente. Según han declarado, el nuevo código sería apoyado por el Frente para la Victoria y Encuentro Vecinal Córdoba.

Lo que (supuestamente) se modifica

En primera instancia, así como en propuestas de modificaciones anteriores, se habían planteado para la figura del merodeo añadir la necesidad de una denuncia previa que fuera efectuada por una persona identificada. Lo único novedoso era que ponía a él/la vecinx en posición de vigilante, siguiendo la lógica de otras iniciativas del gobierno (como las alertas Whatsapp y la aplicación de asistencia ciudadana, incorporadas con el “Programa Córdoba más segura”). Finalmente, el proyecto que se presentó en esta ocasión lo único que hace con esta figura es cambiarle el nombre, ahora llamada “actitud sospechosa”, y describir algunas situaciones en las que se aplicaría (entre las que se encuentran acciones como permanecer en un mismo lugar “por un espacio de tiempo exagerado” o intentando ocultarse el cuerpo o la cara). Este cambio es publicitado por el oficialismo como la solución a la arbitrariedad que supone la figura, como si la “actitud sospechosa” no fuera también una acción necesariamente designada a discrecionalidad policial.

Sumado a esto se encuentra la novedosa figura de merodeo rural, que literalmente implica lo mismo que el merodeo (actitud sospechosa) pero en establecimientos agrícolas, ganaderos, forestales o mineros.

Con respecto a la eliminación de la falta por “prostitución escandalosa”, como ya había señalado AMMAR la primera vez que se quiso aprobar la modificación, los artículos que sancionan el nudismo y los tocamientos indecorosos (en los apartados de moral y decencia pública) siguen dando lugar a la criminalización del trabajo sexual, ya que deja en manos de la policía la interpretación sobre a qué acciones se aplica. Estos artículos son defendidos con el argumento de que están orientados a disminuir las violencias de género en el espacio público, lo que difícilmente sea cierto cuando vemos que esxs mismxs policías ejercen su poder también a través de dichas violencias. El hecho de que ni siquiera se plantee cambiar la ambigüedad de las figuras, da cuenta de que se sigue facilitando la persecución de acciones que no son condenadas por el Código Penal y cuya sanción va en contra de la Constitución Nacional.

Lo que se agrega

Otra inconstitucionalidad del código se vincula a la negación del derecho a la defensa, lo que ha constituído uno de los puntos del código más públicamente criticados. Esto pretende ser solucionado pasando el juzgamiento de las manos de la policía a la de lxs ayudantes fiscales y jueces de paz. Pero no es tarea de lxs ayudantes fiscales velar por las garantías constitucionales, como deberían hacer lxs jueces, sino perseguir, investigar y acusar el delito. La falta de juzgados contravencionales ha sido sistemáticamente argumentada por el delasotismo a través de una falta de presupuesto, aunque sea demasiado notorio el altísimo monto destinado anualmente a incorporar policías y tecnologías de “seguridad”.

Además, el código incorpora una contravención vinculada a la actividad laboral de naranjitas, que sanciona la falta de acreditación para el servicio de cuidado de autos en la vía pública. Esto implica otorgarle a la policía una razón para controlar, perseguir y detener a personas que quieran prestar este servicio.

Siguiendo la tendencia de criminalización de la protesta, se agrega un artículo que prohíbe la quema de gomas de caucho, basura u otros elementos en la vía pública. También se planteó un aumento a la Unidad de Multa (UM). Ambas medidas (el ataque a la protesta y el interés recaudatorio) pudieron verse recientemente con el nuevo Código de Convivencia de la Municipalidad de Córdoba.

Otras modificaciones, como el límite de máximo 12 horas para las detención preventiva o el trabajo comunitario como otra modalidad de pena, no puede asegurarse que no vayan a correr a discrecionalidad de la policía.

¡SEGUIMOS PIDIENDO LA DEROGACIÓN!

Con esta mera lavada de cara, se busca aplacar las críticas que en los últimos años ha recibido el código, por parte de cada vez más amplios sectores, organizaciones sociales y políticas, que no persiguen otra modificación, sino su completa derogación. Esto es producto de una larga lucha y una creciente movilización y repudio al accionar policial, que posibilitó el público conocimiento de casos de abuso policial, detenciones arbitrarias y gatillo fácil. Sin embargo, mientras se pretende demostrar interés por las críticas al código, como consecuencia del reconocimiento más público que han ido teniendo, también se suman más artículos ambiguos que profundizan la criminalización de la pobreza, persiguen el trabajo autónomo y reprimen a lxs que luchan.

Creemos importante insistir en el modo en que la difusión, la organización y las constantes movilizaciones y marchas, fueron lo que hizo posible frenar la aprobación del Código de Convivencia en ocasiones anteriores. Son los mismos mecanismos con los que contamos para denunciar y resistir la represión del Estado policial, así como para seguir exigiendo su definitiva derogación.

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