Paños fríos

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Fotografía: MPN

Córdoba atada al pasado

Por @Josecomunicando

Luego del tormentoso fin de año que vivimos el año pasado lxs cordobeses, donde no falto ningún condimento de los perfiles represivos y antipopulares por parte del gobierno provincial, el discurso dado por De La Sota en el inicio del ciclo legislativo cordobés respondería mínimamente a una formulación de demandas sostenidas desde hace varios años por distintos sectores sociales.

En una ciudad donde el “Código de Faltas” es sin duda el instrumento represivo más contundente, modificado y refrendado años tras año en los últimos 30 años por el parlamento cordobés, (en sus distintas alternancias radicales y peronistas) la larga lucha por democratizar la sociedad pareciera tener un raund ganado. El anuncio de la modificación de la figura del “merodeo”, vendría a suavizar un aspecto de un conjunto de articulados represivos contenidos en el Código.

El Ejecutivo pondrá en consideración de los legisladores un proyecto de ley que contempla modificar la figura del “merodeo en zona urbana y rural”  (art.98 Ley 8431), exigiendo como requisito la denuncia previa hecha por una persona identificable”;  En el discurso dado por el gobernador el 1 de febrero reconoció lo innegable sobre la figura del merodeo, valorando que con esta modificación se “eliminaría la actuación de oficio y por ende, la arbitrariedad”.

De la Sota explicó que el proyecto plantea la modificación de la figura del “merodeo en zona urbana y rural”  (art.98 Ley 8431), que fuera creada en 1994 por el gobierno de la Unión Cívica Radical. “Planteamos una salida equilibrada frente a dos reclamos sociales. Uno de mantener la figura en pos de la prevención de delitos, y otro la exigencia de que su aplicación no constituya una disminución de las garantías individuales de las personas”.

Otros aspectos planteados a reformar sería el de aplicación de sanciones  por parte de comisarios y sub comisarios a lxs detenidxs, transfiriendo dicho poder a autoridades del Poder Judicial. Hay que recordar que hasta la fecha son los mismos integrantes de la fuerza policial, quienes aparte de detener resuelven si la persona detenida continúa en ese estado y por cuanto tiempo.

Un giro de 360 grados

Si bien estas dos propuestas de modificación expresan una parte sensible de las demandas planteadas en las 7 “marchas de la gorra”, lo concreto que el problema se sitúa no en lo que se quiere modificar, sino en el conjunto de arbitrarios articulados (139 artículos) que contiene Código el cual va a continuar dando los vericuetos legales represivos.

Ejemplo de ello es el artículo 99 el cual es una significante perla de la última dictadura militar el cual expresa en el CAPÍTULO SÉPTIMO bajo el título de “Reuniones públicas tumultuarias”. SERÁN sancionados con arresto de hasta cuarenta (40) días, los que tomaren parte en reuniones públicas tumultuarias o provocaren tumultos en reuniones públicas, autorizadas o no.

No serán detenidos ni enjuiciados por los hechos previstos en este artículo los que acataren de inmediato la intimación a disolverse y retirarse en orden que, antes de proceder y por alta voz, le deberá hacer la autoridad policial”.

Para considerar otros argumentos para detener arbitrariamente a alguien solamente bastaría acusarlo de haber controvertido el articulo 93 o sea haber hecho una pintada, “SERÁN sancionados con multa de hasta veinte Unidades de Multa (20 UM) o arresto de hasta cinco (5) días, los que sin incurrir en delito contra la propiedad mancharen, pintaren, ensuciaren o de cualquier otro modo alteraren o estropearen una cosa de propiedad pública o privada”. 

El articulo 47 contemplado en el capítulo “Mendicidad y vagancia”, habla de por sí de la criminalidad de la pobreza, SERÁN sancionados con arresto de hasta cinco (5) días, los que siendo capaces de trabajar o teniendo medios de subsistencia, se entregaren profesionalmente a la mendicidad o la vagancia, salvo que carecieren de medios de subsistencia por causas independientes de su voluntad”. 

Otro polémico artículo del cual todxs no estamos exentos de escapar es el de “Posesión injustificada de llaves alteradas o de ganzúas”, no me refiero a que es común el uso de ganzúas, pero cualquier obrero, trabajador o changarín lleva consigo herramientas para desarrollar sus tareas diarias y esto lo hace un potencial delincuente ya que de esta forma lo tipifica el Art. 97: “SERÁN sancionados con arresto de hasta treinta (30) días, los que sin causa justificada, llevaren consigo ganzúas u otros instrumentos exclusivamente destinados a abrir o forzar cerraduras, o llaves que no correspondieran a cerraduras que el tenedor pueda abrir legítimamente”. 

Párrafo aparte merecería la continuidad de la criminalización a carreros y trabajadoras sexuales por parte del Código de Faltas, pero basta con estos ejemplos para mostrar que si bien la figura de merodeo es una de las más polémicas, no quepan dudas que a la hora de ejercer control social, las fuerzas represivas continuaran teniendo un arbitrario, punitivo y abusivo instrumento. 

Borrar con el codo… 

Al anunciar el gobernador De La Sota la continuidad del boleto educativo gratuito para el 2014, no perdió la oportunidad de embanderase con la lucha de lxs estudiantes de “La Noche de los Lápices” y por fuera de su libreto dijo que esta demanda era la reclamada por aquellos jóvenes exclamando que: Esto es ponerle ALAS a la EDUCACION.

Quien hoy se muestra como abanderado de las demandas estudiantiles olvido que dio la venia política para reprimir salvajemente a lxs estudiantes en las inmediaciones de la legislatura en diciembre de 2010, cuando protestaban contra la modificación de la Ley de Educación Provincial, el cual dejó como saldo muchxs estudiantes salvajemente heridxs  por la policía y detenidxs.

El cuento de la buena pipa

No es la primera vez que se anuncia o expresa la voluntad política de querer debatir aspectos del “Código de Faltas” y generar modificaciones en la Ley 8431.

En años anteriores se llegaron a conformar formalmente comisiones parlamentarias para tratar este punto, pero nunca fueron reunidas para debatir. No hay dudas que el creciente descontento social con la actuación policial y la progresiva organización de distintos sectores sociales para exigir cambios reales ha generado el arrinconamiento a una política represiva que se ve obligada de “modificar algo” para devolver a su institución la legitimidad auto-socabada.

Lo de hoy pareciera ser un movimiento discursivo para “cambiar algo, para que nada cambie”.

Sin palabras

En los últimos meses del 2013 hubo varios casos de gatillo fácil en nuestra provincial a lo que se le sumaron escandalosas detenciones y desalojos que tomaron estado público por los las redes sociales.

Pero la muerte en la comisaria de Capilla del Monte de Jorge Reyna, la desaparición de Facundo Rivera hace ya casi dos años o el grave ataque a Alejandro Godoy, joven víctima del gatillo fácil a manos de un oficial de infantería en barrio Barranca Yaco, no merecieron oración alguna en un discurso que trata de descomprimir una caldera que se alimenta con el fuego represivo.

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