Por M. E. Marengo / Una víctima más se lleva el prontuario de la “narco policía” cordobesa. Durante el día sábado 26 de octubre, Jorge Reyna de 17 años, fue golpeado hasta su muerte en un calabozo por personal de la comisaría de Capilla del Monte.
En la tarde del lunes, nuevamente familiares, amigos y vecinos y vecinas de Capilla del Monte se concentraron en la Plaza San Martín de la ciudad, exigiendo justicia por el asesinato del joven Jorge Reyna.
Desde temprano, el vallado de las fuerzas de seguridad rodeó la cuadra de la comisaría y el refuerzo policial no se hizo esperar. “La policía de Capilla está armada como para combatir”, manifestó Leticia Díaz, coordinadora del área de niñez, adolescencia y familia de la localidad de San Esteban. “Que la policía sepa que los estamos observando”, agregó.
Luego de la concentración en la plaza, se movilizó hacia el vallado policial. Un grupo de policías de civil infiltrados entre los más jóvenes que estaban adelante, comenzó a tirar piedras, y así se dio inicio a la balacera. A medida que pasaban las horas, la policía fue avanzando, con el cuerpo, los escudos y las balas, la plaza quedó prácticamente cercada.
“Mami, a nosotros el cana nos manda a chorear para que quede bien el comisario del pueblo”, así le explicó Jorge a su madre, Olga Tallapietra, y por eso decidió denunciar la situación en la fiscalía de Cosquín, el pasado miércoles. “Estos canas corruptos ocupan a los chicos para robar y vender droga para ellos, después los detienen y los matan a palos”, dijo su madre reconociendo que en la zona la policía utiliza a los jóvenes para robar. “Se creen que porque tienen un uniforme tienen derecho de matarlos”.
Jorge Daniel Reyna tenía 17 años. Era de San Esteban, una pequeña localidad de no más de 1000 habitantes, ubicada al norte de la provincia de Córdoba, en la región del Valle de Punilla. El día sábado fue detenido por un presunto robo. Por la noche, su madre se entera a través de un amigo que Jorge había muerto dentro del calabozo de la Comisaría. De inmediato la versión policial fue que Jorge se había suicidado ahorcándose con su propia campera.
En declaraciones a los medios, Olga expresó que no la dejaron ver a Jorge porque iba a entorpecer el caso. “Sólo quería despedir a mi hijo”, explicó y contó que recién en el entierro lo vio y pudo reconocer los moretones por el todo el cuerpo. Hasta el momento hay dos testigos que vieron que Jorge fue golpeado por la policía. “Quienes pudieron ir al velorio, pudieron constatar los golpes que Jorge tenía en el cuerpo”, expresó Leticia Díaz.
Los tres policías que estuvieron de guardia durante la detención del joven fueron desplazados de sus cargos; los vecinos piden la destitución del Comisario Juan Castro. Liliana Fontán, integrante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, pudo ver el cuerpo de Jorge y aseguró que no tenía marcas en su cuello, pero si tenía signos de haber sido golpeado en su rostro, mientras que desde la Comisaría se sigue manteniendo la versión del suicidio. Por su parte, el fiscal de Cruz del Eje, Martín Bertone tenía la causa, pero se declaró incompetente y pasó a manos de la fiscal de Cosquín, Alejandra Hillman.
“Todo el tiempo persiguen a los chicos y los golpean, estamos cansados de tanta impunidad”, explica Danira, vecina del Faldeo, barrio que se extiende cerca del cerro Uritorco, a las afueras de la ciudad. “Desde que está este intendente, Gustavo Sez, la cosa se puso más violenta, por eso pedimos la destitución del Comisario Castro”.
La violencia institucional se ha extendido en toda la región. Los aparentes suicidios son noticia de manera corriente. El actual Comisario de Capilla del Monte, estuvo anteriormente en las dependencias policiales de La Falda y La Cumbre, donde según los vecinos, también fue denunciada por abuso policial.
El amparo legal
La utilización del aparato estatal por parte de la policía implica un entramado de corrupción que tiene a los jóvenes como sus principales víctimas.
El Código de Faltas de la provincia de Córdoba fue sancionado en 1994 bajo la ley 8431, y habilita a la Policía a detener personas que consideren que estén cometiendo una falta, pudiendo imponerles una multa máxima de 5000 (art.106) pesos o días de arresto (180 días máximo, art.111).
Bajo esta figura la discrecionalidad policial se profundiza, garantizando la impunidad para delinquir, teniendo la policía potestad para detener personas, (art.123), siendo el mismo comisario o sub comisario quien dicta la condena.
Lejos de impedirlo, desde los municipios se apela al orden como medida ‘preventiva’, aplicando el Código de Faltas ejerciendo un control permanente hacia la población, donde hasta se llega a prohibir las batucadas, por calificarlas como “reuniones públicas tumultuarias” (art. 99). El ex teniente coronel, Néstor Montero Méndez, hoy devenido en Secretario de Gobierno de Capilla del Monte, ha prometido de este modo, orden para la ciudad. Esta última figura también puede utilizarse contra una manifestación, ya que la policía es quién define el carácter de lo “tumultuoso”. A pesar de su inconstitucionalidad, por violar el derecho a libre expresión y a peticionar a las autoridades, amparados en el artículo 14 de la Constitución Nacional, se mantiene vigente.
A partir de la figura del “merodeo” (art.98), la policía puede arrestar a quien considere que se encuentre en “actitud sospechosa”, cerca de edificios o vehículos. A esta tipificación le corresponde un sujeto “tipificado” por la policía, que corresponde a ciertos atributos estereotipados de la figura del “delincuente”: joven, pobre y morocho.
Jorge Reyna, fue una víctima más de la violencia institucional, que tiene a la policía como brazo ejecutor de una cadena de corrupción donde ganan funcionarios, narcos y policías, todos bajo la bendición ilegítima de la ley.
Estas prácticas nos llevan a los edictos policiales de la década del ’30, que se constituyeron en una forma de procedimiento disciplinario y represivo sobre las llamadas “clases peligrosas” y para las clases populares en general. Hoy, en la provincia de Córdoba continúa quedando en manos de la policía atribuciones del orden de lo legislativo, ejecutivo y judicial.
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